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El Dance en Alberite
No se tiene noticia del origen de esta singular
tradición folklórica en nuestra localidad, aunque se puede
constatar, a través de los diferentes documentos que obran en el
archivo parroquial, su existencia asociada a la Cofradía del
Santísimo.
En el manuscrito de 1642, que describe el robo y
la restitución del Santísimo del lugar de Alberite, donde se halla
la primera referencia al dance de Alberite como uno de los que
recibieron a la comitiva que devolvía al Santísimo desde Tarazona.
En 1747, el ilustrísimo arzobispo de
Zaragoza, don Francisco Ignacio de Añoa y Busto, en uno de los
mandamientos de su visita pastoral, prohibe: “Bajo pena de
excomunión mayor y diez reales para la iluminaria de la iglesia, que
no se baile en ésta ni en la ermita de San Juan Baustista; y al
prior, bajo multa de veinte libras, que no permita los bailes y
exija a los inobedientes la pena...” . Este mandato nos indica que
el dance se representaba en el interior de la iglesia y de la ermita
de San Juan, pasando posteriormente a representarse en la calle.
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En 1773, los cofrades de la Cofradía del Santísimo
de Alberite establecen en sus constituciones el mantenimiento del
dance en los articulos trece y catorce, que indican las obligaciones
del prior y mayordomos respecto de los danzantes, dichos y gaiteros.
En ese mismo año, el ilustrísimo arzobispo de Zaragoza, don Juan
Sanz de Buruaga, en su auto de aprobación de las constituciones, no
permite que los mayordomos paguen dichos.
Nuevos datos, en
relación al dance, aparecen en los libros de cuentas de la Cofradía
del Santísimo en el capitulo de gastos:
- En 1797 se recoge
el gasto “por 18 varas de indiana para los vestidos de los
danzantes” y “por 15 varas de seladiz”; y en 1805 “por seis docenas
y media de cascabeles para los danzantes”. - Desde 1817 hasta
1887 aparecen partidas para el pago del gaitero (en los primeros
años el pago se realiza al gaitero de Tabuenca). - A partir de
1841, y a pesar de la prohibición que aparece en el auto de
aprobación de las constituciones de 1773, se destina una partida,
casi todos los años, a pagar los dichos, partida que se mantiene
hasta 1884. - De 1894 a 1909 aparece una partida destinada a
pagar revestidos
(danzantes).
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En está, última referencia documental sobre el
dance de Alberite, lo que imposibilita saber si desaparece junto con
la Cofradía o pudo permanecer durante algún tiempo.
Con estos
breves apuntes queda constatada la existencia del dance en Alberite
durante los siglos XVII, XVIII, XIX y comienzos del XX.
Desafortunadamente , son escasos los datos relativos al vestuario,
música, baile, momentos de intervención en la fiesta, etc..., lo que
impide conocer a fondo esta muestra tan popular de nuestra cultura,
haciéndola en la actualidad prácticamente irrecuperable
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